Consejo de Estado niega desacato contra el presidente Gustavo Petro por transmisión de consejos de ministros

La Sección Tercera del Consejo de Estado decidió este 15 de agosto no abrir un incidente de desacato contra el presidente Gustavo Petro por la transmisión de consejos de ministros. La solicitud, presentada por María Cristina Cuéllar Cárdenas, sostenía que el mandatario seguía difundiendo estos espacios bajo la figura de alocuciones presidenciales con participación de ministros y altos funcionarios, pese a una orden judicial previa.
El magistrado ponente, Alberto Montaña Plata, concluyó que el jefe de Estado ha cumplido con lo dispuesto por el alto tribunal. Según la providencia, desde la sentencia que limitó la transmisión en canales privados y regionales, estos consejos se han emitido únicamente por los canales institucionales, las redes sociales de la Presidencia y el sistema de medios públicos RTVC, medios que la decisión judicial no restringe.
“El despacho constató que dichas autoridades cumplieron lo ordenado en la sentencia, toda vez que las intervenciones que ha realizado el Presidente de la República, bajo la figura de consejos de ministros, se han transmitido a través de los canales oficiales y redes sociales de la Presidencia de la República y el sistema de medios públicos RTVC, sobre los cuales es dable entender que se permite su transmisión”, señala el fallo.
Debate sobre las alocuciones presidenciales
La petición también planteaba que el mandatario estaría usando alocuciones presidenciales para transmitir contenidos equivalentes a un consejo de ministros. Sin embargo, el magistrado Montaña precisó que este asunto no hacía parte del proceso original y que existen tutelas independientes sobre las alocuciones más recientes, que serán resueltas en su momento por el Consejo de Estado.
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El debate se inscribe en la discusión sobre el alcance de la figura de alocución presidencial y el uso de los medios públicos para informar a la ciudadanía. Desde el Gobierno se ha defendido que estos espacios son un mecanismo legítimo de rendición de cuentas y que su difusión por medios oficiales fortalece el derecho ciudadano a conocer la gestión del Ejecutivo.
Antecedentes judiciales
La orden inicial que dio origen a esta controversia fue producto de una tutela en la que el Consejo de Estado concluyó que la transmisión de consejos de ministros por canales privados y regionales podía afectar principios de imparcialidad y equilibrio informativo. Desde entonces, se determinó que solo podrían difundirse por medios institucionales o públicos para preservar su carácter informativo.
Con este pronunciamiento, el alto tribunal cierra la solicitud de desacato y confirma que el Presidente ha actuado conforme a lo dispuesto, dejando abierta la revisión de otros procesos relacionados con alocuciones presidenciales.