Con el fin de garantizar un acceso más ágil, seguro y sin barreras a los servicios de salud, el Ministerio de Salud y Protección Social y la Superintendencia Nacional de Salud emitieron la Circular Conjunta Externa 019 de 2025, en la que se prohíbe expresamente imponer cargas administrativas a los usuarios en los trámites de autorización para acceder a servicios y tecnologías en salud.
La medida obliga a que sean las entidades responsables de pago, prestadores de servicios y proveedores de tecnologías quienes gestionen directamente las autorizaciones, sin involucrar al paciente.
Eliminación de barreras administrativas
Esta circular se enmarca en el cumplimiento de normativas vigentes como el Decreto Ley 019 de 2012 y sus modificaciones, y refuerza principios establecidos en leyes como la 972 de 2005 (atención VIH/SIDA), la 1384 de 2010 (cáncer de adultos), la 2026 de 2020 (cáncer infantil), así como en la Resolución 3280 de 2018 sobre las Rutas Integrales de Atención en Salud (RIAS).
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La eliminación de trámites aplica especialmente en condiciones priorizadas como urgencias, VIH/SIDA, cáncer infantil y adulto, entre otras definidas por política pública.
Usuarios no serán intermediarios en los trámites
La Circular enfatiza que los usuarios no deben encargarse de presentar órdenes, conseguir, tramitar o renovar autorizaciones. Esta gestión debe realizarse exclusivamente entre las partes contratantes, es decir, entre EPS y prestadores.
Para cumplir con esta directriz, las entidades deberán utilizar los formatos definidos en el Anexo Técnico No. 1 de la Resolución 2335 de 2023, modificado por la Resolución 1886 de 2024, garantizando el uso estandarizado y seguro de la información.
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La Superintendencia Nacional de Salud ejercerá control y vigilancia sobre las entidades del sector, como lo establecen los artículos 130 y 131 de la Ley 1438 de 2011. El incumplimiento de la circular podrá derivar en sanciones administrativas, disciplinarias, fiscales, penales o civiles, según corresponda.
Las entidades territoriales también están llamadas a realizar seguimiento y verificación de la implementación de esta normativa.
Beneficios para los usuarios y el sistema de salud
Esta decisión busca proteger a los usuarios del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), evitando retrasos o barreras que dificulten el acceso a servicios esenciales.
Además, implica para las entidades y profesionales del sector la obligación de ajustar sus flujos operativos, promoviendo una atención más oportuna, transparente y centrada en el paciente.
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