La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) sancionó económicamente al canal RCN Televisión por incumplir la cuota mínima de emisión de obras cinematográficas nacionales, tal como lo exige el régimen de contenidos de la televisión abierta. La decisión, anunciada este 26 de junio de 2025, se adopta tras constatar que el canal no programó ni una sola película colombiana durante dos años consecutivos, en abierta contravención de lo dispuesto en la Resolución CRC 5050 de 2016.
La multa impuesta asciende a 6.312 Unidades de Valor Tributario (UVT) del año 2025, equivalentes a $314.331.288 pesos, y fue resultado de una investigación administrativa sancionatoria iniciada en octubre de 2024. Según la CRC, RCN tuvo la oportunidad de ejercer su derecho de defensa, pero no presentó pruebas que justificaran el incumplimiento, el cual fue calificado como “reiterado y sin justificación”.
La CRC sanciona a RCN Televisión por no cumplir cuota de emisión de cine nacional. Más información aquí https://t.co/Qi5MS0ddB0 pic.twitter.com/uydaT8km2p
— CRC Colombia (@CRCCol) June 26, 2025
Cero por ciento de cumplimiento en dos años consecutivos
La investigación fue impulsada por la Sesión de Contenidos Audiovisuales de la CRC, luego de que los propios reportes trimestrales entregados por RCN revelaran un cumplimiento del 0 % en la cuota de emisión de cine nacional durante los años 2022 y 2023.
Según la normativa vigente en el momento de los hechos, los canales de televisión abierta con cobertura nacional deben destinar al menos un 10 % del tiempo de sus producciones extranjeras a la emisión de obras cinematográficas colombianas. Esta obligación forma parte del marco regulatorio orientado a fomentar la circulación de contenidos que reflejen la diversidad cultural del país.
RCN Televisión, sin embargo, omitió completamente esa cuota durante el período evaluado. La Comisión concluyó que el canal incurrió en una infracción que afecta de manera directa los derechos de las audiencias y el principio de pluralismo informativo, piedra angular del servicio público de televisión.
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Un llamado a proteger la identidad cultural desde la televisión
Al pronunciarse sobre la sanción, los comisionados de la Sesión de Contenidos Audiovisuales de la CRC señalaron que esta no se trata únicamente de una medida punitiva, sino de un mensaje claro al sistema de medios:
“La televisión abierta cumple un papel esencial en la construcción de identidad cultural y en la difusión de contenidos que reflejan la diversidad de nuestro país. Esta no es simplemente una sanción, sino un llamado de atención a los operadores para que asuman con responsabilidad su deber de cumplir con una regulación diseñada para proteger a los televidentes y asegurar el acceso a una programación representativa de la sociedad colombiana”.
Enfatizaron además que el marco regulatorio busca garantizar una oferta plural, incluyente y alineada con los principios democráticos del servicio público de televisión. La omisión de la cuota de cine nacional no solo vulnera una norma específica, sino que lesiona el derecho de las audiencias a acceder a contenidos que expresen la realidad, los valores y las voces del país.
RCN podrá interponer recurso de reposición
De acuerdo con la Ley 1437 de 2011, RCN Televisión podrá interponer un recurso de reposición ante la CRC, si así lo decide, en los términos previstos por la norma. Mientras tanto, la decisión marca un precedente en el ejercicio de vigilancia y control del regulador sobre los contenidos de los canales de señal abierta.
La medida revive el debate sobre el papel de los medios privados en la promoción del cine nacional y la necesidad de que los espacios masivos de difusión cumplan con su función social más allá de los contenidos comerciales.